miércoles, 3 de septiembre de 2014

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DERECHOS DE AUTOR EN PAGINAS INFORMÁTICAS



El derecho Informático, es una nueva rama del Derecho que se ha introducido muy recientemente, como parte integrante del mundo jurídico.
En el ámbito mercantil, también se estudia lo referente al derecho de autor de las páginas Web, la Inscripción de su creación como propiedad intelectual.

El derecho de autor sobre los programas informáticos se rige específicamente por lo establecido en el Título VII del Libro I (art. 95 a 104) del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. La cuestión es qué se entiende por programa de ordenador o programa informático, a efectos de la Ley, y cómo debe ser interpretada la norma con relación a las diferentes formas que puede presentar un programa de ordenador, los niveles dentro de una misma versión, las versiones sucesivas, los programas derivados, la documentación técnica y preparatoria e, incluso, los manuales de uso.
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Introducción

El libro ha sido, desde hace siglos, uno de los instrumentos más importantes de la información y el conocimiento, ya que por medio de ellos es posible transmitir dichos conocimientos, así como recopilar la historia.http://biblioweb.tic.unam.mx/derecho/imagenes/intra.jpg
Ahora bien, con los avances tecnológicos que se han dado en la actualidad, como es el caso de los instrumentos digitales, que nos permiten accesar a la información de una manera rápida y sencilla, se nos abren puertas para mezclar estos dos instrumentos y expandir de modo más simple esa información.
El problema surge en el momento que los derechos de los creadores de las obras se ven violentados, debido a que con las nuevas tecnologías facilitan la transmisión de dichas obras sin el consentimiento del autor, y en muchas ocasiones con un afán de lucro, lo cual afecta el derecho patrimonial del autor, de los herederos y de los adquirentes por cualquier título.
Es por eso que es importante crear normas en las cuales se contemple la forma en que se registrarán las publicaciones; los permisos o autorizaciones que se deberán solicitar; los medios para hacerlo, y ante qué autoridad deberán realizarse, los delitos en que se puede incurrir, y las sanciones aplicables.
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¿Qué es la Informática Jurídica?
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Es una disciplina bifronte en la que se entrecruzan una metodología tecnológica con sus posibilidades y modalidades de tal aplicación. La informática jurídica estudia el tratamiento automatizado de: las fuentes del conocimiento jurídico a través de los sistemas de documentación legislativa, jurisprudencia y doctrinal (informática jurídica documental);las fuentes de producción jurídica, a través de la elaboración informática de los factores lógico-formales que concurren en proceso legislativo y en la decisión judicial (informática jurídica decisional); y los procesos de organización de la infraestructura o medios instrumentales con los que se gestiona el Derecho (informática jurídica de gestión).

¿Qué es el Derecho Informático?

Es el sector normativo de los sistemas, dirigido a la regulación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, es decir, la informática y la telemática. Asimismo integran el Derecho Informático las proposiciones normativas, es decir, los razonamientos de los teóricos del Derecho que tienen por objeto analizar, interpretar, exponer, sistematizar o criticar el sector normativo que disciplina la informática y la telemática. Las fuentes y estructura temática del Derecho Informático afectan las ramas del Derecho Tradicionales. Asimismo se inscriben en el ámbito del Derecho Público: El problema de la regulación del flujo internacional de datos informatizados, que interesa al derecho internacional público; la Libertada Informática, o defensa de las http://biblioweb.tic.unam.mx/derecho/imagenes/cables.jpglibertades frente a eventuales agresiones perpetradas por las tecnologías de la información y la comunicación, objeto de especial atención por parte del Derecho Constitucional y Administrativo; o los delitos informáticos, que tienden a configurar un ámbito propio en el Derecho Penal Actual. Mientras que inciden directamente en el Ámbito del Derecho Privado cuestiones, tales como: Los contratos informáticos, que pueden afectar lo mismo al hardware que al software, dando lugar a una rica tipología de los negocios en la que pueden distinguirse contratos de compraventa, alquiler, leasing, copropiedad, multicontratos de compraventa, mantenimiento y servicios; como los distintos sistemas para la protección jurídica de los objetos tradicionales de los Derechos Civiles y Mercantiles. Ese mismo carácter inter disciplinario o "espíritu transversal", que distingue al derecho informático, ha suscitado un debate teórico sobre: si se trata de un sector de normas dispersas pertenecientes a diferentes disciplinas jurídicas o constituye un conjunto unitario de normas (fuentes), dirigidas a regular un objeto bien delimitado, que se enfoca desde una metodología propia, en cuyo supuesto entraría una disciplina jurídica autónoma.
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¿Qué es el Derecho de Autor? https://encrypted-tbn3.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcQCirq1rk6z1221ZxGGOVlmP1uQqMc134h2UUCflVlebWSKLv-Z

Es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor, en virtud del cual otorga sus privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial.

¿Qué es el Derecho Informático de Autor?

Es el conjunto de normas jurídicas que van a regular los derechos de autor en el ámbito de la informática, al regular la forma en se publicarán dichas obras.
¿Cuáles son los tipos de derecho de autor que existen? Explíquelos

* Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de manera exclusiva la explotación de la obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los autores.
* Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e imprescriptibles.
* Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.* Derechos de reproducción: es un fundamento legal que permite al autor de la obra impedir a terceros efectuar copias o reproducciones de sus obras.
* Derecho de comunicación pública: derecho en virtud del cual el autor o cualquier otro titular de los derechos puede autorizar una representación o ejecución viva o en directo de su obra, como la representación de una pieza teatral o la ejecución de una sinfonía por una orquesta en una sala de concierto.
* Derechos de traducción: para reproducir y publicar una obra 
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El derecho informático es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la relación entre el Derecho y la Informática.1 También se le considera como una rama del derecho especializada en el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales.
El término Derecho Informático (Rechtsinformatik) fue acuñado por el Dr. Wilhelm Steinmüller, académico de la Universidad de Ratisbona de Alemania, en los años 1970.2 Sin embargo, no es un término unívoco, pues también se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etcétera.
Se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas las áreas del derecho se han visto afectadas por la aparición de la denominada Sociedad de la Información, cambiando de este modo los procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos.

Surgimiento del derecho informático
Los conceptos de tecnología y sociedad de información son antecedentes necesarios del derecho informático, con la finalidad de regular el comportamiento en un ámbito tecnológico. Actualmente el derecho informático no es muy específico en sí, sino que lo abordan las materias de derecho penalderecho civil y derecho comercial.
Desde la aparición de la computación como un fenómeno, ésta ha sido benéfica en las distintas áreas de la ciencia y la cultura. Sin embargo, la aparición de actos delictivos a través de la informática ha devenido en la creación de esta rama del derecho.
En derecho penal se afronta un reto en cuanto la sanción y clasificación de los delitos, ya que el delito se define como una conducta que es sancionada por las leyes de defensa social. No obstante, debido a su novedad, el derecho aún no prevé muchos actos informáticos ilegales como delitos o el castigo por la misma causa. Mas por la Laura
Formas de vinculación de la ciencia jurídica
·         El derecho informático abarca las ciencias jurídicas que se encarga de observar el comportamiento en el ámbito informático que afecte a la sociedad; por eso se necesita una correcta implementación y regularlos adecuadamente.
·         La informática legal es el estudio y análisis jurídico que la ciencia jurídica debe realizar para su aplicación correcta, y esto se define como el conjunto de técnicas destinadas al tratamiento lógico.
·         La informática jurídica existe para modernizar el derecho según la forma en que avance la tecnología.
Sociedad Civil en Derecho y Nuevas Tecnologías en América Latina
·         La Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática (FIADI]) es una de las ONG pioneras en la región en la promoción, estudio y desarrollo de la Informática Jurídica y el Derecho Informático y fue fundada en el año 1984 con ocasión del I Congreso Iberoamericano de Informática Jurídica, celebrado en Santo Domingo, República Dominicana.
·         Casi coetáneamente con la anterior nace el Instituto Latinoamericano de Alta Tecnología, Informática y Derecho (ILATID), organización que desde 1984 reúne en los países de América Latina y el Caribe a profesionales del Derecho que cooperan en proyectos de investigación y desarrollo conexos con aspectos legales de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
·         Alfa-Red, establecida en 1998 es una organización de la Sociedad Civil, de base en Latino América, dedicada investigación, discusión, formulación de propuestas y acción en temas de Políticas de Sociedad de la Información. Asimismo es parte de la labor de Alfa-Red la formación y capacitación en estas temáticas.
Publicaciones periódicas
Publicaciones en papel, por orden de aparición:
·         La Revista Iberoamericana de Derecho e Informática publicada por la FIADI a partir de 1992
·         La Revista Derecho y Nuevas Tecnologías, fundada en febrero de 1999 por Pablo A. Palazzo, y publicada por Editorial ADHOC
·         La revista Derecho y Tecnología, fundada el 2002 por Mari liana Rico Carrillo (Universidad Católica del TáchiraVenezuela)
·         La Revista Chilena de Derecho Informático, fundada el 2002 por Carlos Reus ser Monsalve (Universidad de Chile, Chile)
·         La Revista de Derecho Comunicaciones y Nuevas Tecnologías fundada el 2005 por Nelson Remolina Angarita (Universidad de los AndesColombia).
Programas de postgrado y pos título
En cuanto a estudios formales de la disciplina en Iberoamérica, el pionero a nivel mundial en programas de postgrado fue el desaparecido Master en Informática y Derecho (1994-2004) de la Universidad Complutense de Madrid, liderado por Emilio Zuñe Llenas.
Desde más de 10 años, la Universidad París-Sur con el Instituto de Derecho del Espacio y de las Telecomunicaciones (IDEST) proponen un Máster 2 en Derecho de Actividades Espaciales y de Telecomunicaciones. Este Máster es sostenido por numerosas empresas del sector de las telecomunicaciones y espacial.
Más tarde, en 2007, la Universidad de Cuenca (Ecuador) inició una Maestría de Derecho Informático mención en Comercio Electrónico y la siguió la Universidad de la Américas-UDLA (Ecuador) y el CETID con la Universidad de Cuenca (Ecuador) con una Maestría en Derecho Informático, mención en Comercio Electrónico.
Destacan a nivel internacional el Avance Master of Lewis (LL.M.) in Información & Comunicativos Tecnología Lay de la Universidad Católica de Lovaina (Bélgica), el Máster Universitario en Derecho de las Nuevas Tecnologías de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España), el Máster en Derecho de las Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Universidad Carlos III de Madrid (España), el Master in Dorito dele Nueve Tecnología e Informática Jurídica de la Universidad de Bolonia (Italia), el Master of Lewis in Información and Comunicación Tecnología Lay de la Universidad de Oslo (Noruega), el Master of Lay and IT de la Universidad de Estocolmo (Suecia), entre otros.

Como programas de pos título y/o especialización, la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires (UCA) estableció en forma pionera en 1997 una Especialización en Derecho de Alta Tecnología; la Universidad de Chile ofrece desde 2003 un Magíster y Diplomados en Derecho de la Informática y de las Telecomunicaciones3y la Universidad Externado de Colombia, en asociación con la Universidad Complutense de Madrid, ofrece desde el 2007 un programa de especialización en Derecho Informático y Nuevas Tecnologías.

 

Propiedad Intelectual y Derechos de Autor

• Registro y protección del software, bases de datos y páginas Web.
• Delimitación de la autoría de la obra.
• Licenciamientos.
• Contratos de desarrollo, distribución, venta, cesión, y derechos económicos.
• Asesoramiento, registro y protección de los derechos de propiedad intelectual:
• Asesoramiento sobre estrategias de protección alternativa de obras multimedia, audiovisuales, literarias y gráficas.
• Asesoramiento sobre el registro privado de contenidos de páginas web, portales, revistas digitales y blogs.
• Diseño estratégico y gestión de registros alternativos.
• Asesoramiento sobre sistemas P2P y prácticas legales de comunicación pública de contenidos on-line.
• Asesoramiento y defensa jurídica de derechos de propiedad intelectual y afines (Copyright, creaciones literarias, composiciones musicales, software, fotografía, escultura, arquitectura, etc.)
• Asesoramiento y dirección letrada en materia de infracciones de derechos de propiedad intelectual, ya sea en vía civil o penal.
• Elaboración y revisión de licencias y acuerdos de transferencia de tecnología.

Campos de estudio
·         Acceso a la información
·         Acceso a las Tics
·         Administración de Justicia y Nuevas Tecnologías.
·         Banca y Dinero Digital
·         Censura en Internet. Libertad de Expresión online
·         Comercio Electrónico
·         Contratos Informáticos
·         Compras públicas mediante el uso de las NTIC
·         Correo electrónico
·         Defensa del consumidor
·         Delitos Informáticos
·         Derecho en la Era Digital
·         Derecho de las Telecomunicaciones
·         Derecho Laboral e Informática. Teletrabajo.
·         Documento Electrónico, mensajes de datos, EDI y Factura Electrónica
·         Editoriales online de Derecho.
·         E-jovenmente
·         e-Liaoning del Derecho y Nuevas Tecnologías
·         Firma Electrónica
·         Hábeas data
·         Impuestos e Internet
·         Informática Jurídica
·         Informática Legal
·         Manifestación de la Voluntad por Medios Electrónicos
·         Medidas Cautelares sobre Equipos Informáticos
·         Nombres de Dominio y Direcciones IP
·         Notas Bibliográficas y de Eventos
·         Notificación por Medios Electrónicos
·         Privacidad
·         Protección de datos
·         Profesionales del Derecho en la Era Digital
·         Propiedad Intelectual y Propiedad Industrial e Internet
·         Programas: Software Jurídico. Bases de datos y Gestión de Bufetes
·         Protección de Datos de Carácter Personal
·         Publicidad e Internet
·         Relación entre el Derecho y la Informática
·         Seguridad Informática
·         Sociedad Civil e Internet
·         Sociedad de la Información
·         Software libre
·         Telefonía y Voz sobre IP
·         Mireles Aplicación Protético (WAP)
Véase también
·         Delito informático
·         Derecho penal
·         Derecho civil
·         Informática
·         Hacker
·         Seguridad informática
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·         BIOGRAFIA
1.    Volver arriba↑ Dr. Nicolás S. Tato. «El Derecho Informático como una Nueva rama del derecho». Consultado el 3 de diciembre de 2013.